Los plásticos y la Ley de Residuos y Suelos Contaminados por una Economía Circular

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 31 de marzo la Ley de Residuos y Suelos Contaminados por una Economía Circular. La nueva normativa deroga la anterior ley 22/2011 e integra la nueva directiva marco de residuos europea y la referente a los plásticos de un solo uso. 

Sus objetivos principales son la reducción del consumo de productos plásticos y mejorar la trazabilidad y transparencia en la gestión de residuos, que han de cumplir los nuevos requerimientos establecidos por la UE a partir del año 2025.

La Ley de Residuos y Suelos Contaminados por una Economía Circular potencia el reciclaje porque los fabricantes podrán reducir la base imponible en la cantidad de plásticos proveniente del reciclado de envases que hayan sido utilizados en España. 

 

Fiscalidad

La nueva norma establece un impuesto estatal sobre los envases de plástico no reutilizables, es decir, de un solo uso. Gravará con 0,45 € cada kilo las actividades de fabricación, importación o adquisición intracomunitaria, por tanto no estará sujeta al impuesto la fabricación en territorio español de envases de plástico no reutilizables cuyo destino sea la exportación o de entrega intracomunitaria. El impuesto considera un envase de plástico el envase que, estando compuestos de más de un material, contenga plástico.

También crea un nuevo canon para los sectores de la incineración, coincineración y al depósito de residuos en vertederos, que oscilará entre 40€/t y 10 €/t en función de la tipología de residuo. 

Ambos impuestos entrarán en vigor el 1 de enero de 2023 para avanzar en la prevención de residuos. A partir de esta fecha, se cobrará  al cliente 0.45€/kilo, sobre el material plástico cuya procedencia no sea reciclada. Tal como se cita en la ley: “la base imponible estará constituida por la cantidad de plástico no reciclado contenido en los productos objeto del impuesto. El tipo impositivo es de 0,45 euros por kilogramo”.

Biblox - Ley de Residuos

Plásticos de un solo uso

La normativa también establece objetivos de reducción de la comercialización de plásticos de un solo uso como los vasos para bebidas, incluidos tapas y tapones, y los recipientes alimentarios destinados al consumo inmediato, que ha de reducirse un 50% en 2026 respecto a 2022 y un 70% para 2030.

Para lograr ese objetivo se ha de fomentar el uso de alternativas reutilizables.

Así mismo, añade requisitos de diseño o de marcado y prohíbe la venta de pajitas, bastoncillos de algodón (excepto de uso sanitario), cubiertos, platos, agitadores de bebidas  y cualquier producto hecho con plástico oxodegradable.

Igualmente, prohíbe la introducción en el mercado de recipientes para alimentos hechos de poliestireno expandido (EPS), popularmente conocido como poliexpan. 

Por último, la norma clarifica que un envase una vez acabado el producto, aunque sea de múltiples raciones, es residuo. Por lo tanto, se consideraría envase de un solo uso.

 

Incentivo del uso de materiales monocapa

Contempla ampliar la responsabilidad de los fabricantes. Por este motivo, son obligados a diseñar productos y componentes que reduzcan su impacto ambiental y la generación de residuos. El objetivo es incentivar la reducción de los espesores de las láminas y utilizar menos gramos de material.

Paralelamente, impulsa el uso de los materiales monocapa porque detalla que los fabricantes han de desarrollar productos aptos para usos múltiples, que contengan materiales reciclados y puedan ser reutilizados y reciclables. 

En este sentido adquiere especial relevancia el PET (polietilentereftalato), la tipología de plástico más utilizado en la fabricación de envases aptos para estar en contacto con alimentos. Además, es totalmente reciclable y, añadido a que es uno de los plásticos que más se recicla en todo el mundo, es extensamente utilizado para envasar alimentos y bebidas.

Según la Asociación Nacional del Envase de PET (ANEP) el informe del MITECO (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) sobre microplásticos no identifica el PET de botellas de agua, refrescos o bandejas como origen de los microplásticos. Así mismo, sigue creciendo la disponibilidad de plástico reciclado apto para contacto con alimentos.

En cambio, las bandejas multicapas son más difíciles de recuperar porque los distintos materiales de los que están compuestos hacen que sean descartados en el proceso de selección de las plantas de reciclaje y acaban en las incineradoras.

En Biblox destacamos la apuesta por la economía circular y el carácter impositivo de la nueva ley y, asimismo, la necesidad de producir el mayor plástico reciclado y reciclable posible.

Si tienes dudas sobre cómo puede influir esta nueva ley a tu negocio, contacta con nosotros y te asesoraremos sin compromiso:

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